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SMA ordena nuevas medidas urgentes y transitorias a la empresa Salmones Blumar

SMA ordena nuevas medidas urgentes y transitorias a la empresa Salmones Blumar
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  • Luego de constatar la mortalidad masiva de peces, producto del hundimiento de las 18 jaulas que componen el Centro de Engorda de Salmónidos (CES) Caicura.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas urgentes y transitorias a la empresa Salmones Blumar S.A. titular del “Centro de Engorda de Salmónidos (CES) Caicura”, emplazado en la comuna de Hualaihue, Región de Los Lagos, luego de constatar la mortalidad masiva de peces producto del hundimiento de las 18 jaulas, reportado el pasado 27 de junio.

“He ordenado nuevas medidas urgente y transitorias a la empresa Blumar, debido a que la mortalidad masiva de salmones constatada a través de una fiscalización podría revestir un riesgo al medio ambiente, especialmente en el medio acuático y en los componentes de flora y fauna del sector”, argumentó el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza.

Tras un nuevo reporte de contingencia informado por la empresa sobre mortalidad masiva de individuos el día 2 de julio, funcionarios de la Gobernación Marítima de Puerto Montt, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA), y de la Oficina Regional SMA de Los Lagos, realizaron una fiscalización ambiental, mediante un ROV submarino (sigla en inglés de Remote Operated Vehicle), cuyas imágenes registraron pasillos, redes peceras y loberas, peces vivos y en su mayoría muertos.

En relación a estos nuevos antecedentes detallados, esta Superintendencia ordenó nuevas medidas urgentes y transitorias contra la empresa, y la primera medida ordena a la empresa a realizar un monitoreo submarino, el cual incluya estudios con sonares de barrido lateral de última tecnología, considerando además el uso de una batimetría Multihaz, que permitan la mayor precisión del fondo, como lo es el módulo de cultivo, sustrato marino y biomasa de peces muertos.

Además, la empresa deberá presentar un informe donde se cuantifique la mortalidad total presente en el sustrato marino, en kilogramos y en metros cúbicos, y de forma desglosada por jaula de cultivo; además de un reporte sobre la cantidad y tipo de alimento (proveedor, marca, características fisicoquímicas) que se hundió en el incidente.

La compañía también deberá presentar una propuesta de plan de muestreo ante la eventualidad de la aparición de una floración de algas nocivas, y de constatarse dichas algas, el titular deberá informar inmediatamente ante la SMA, además de reportar periódicamente el muestreo.

Por último, el titular deberá realizar la medición de parámetros ambientales en la columna de agua en una estación a no más de 30 metros del perímetro del módulo hundido, sumado a una estación de control a más de 100 metros de dicha estructura. Estas estaciones, deberán ser monitoreadas de forma diaria y continua, mediante la instalación de equipos de monitoreo in situ debidamente calibrados e instalados a una profundidad de 100 metros.

Lo anterior, viene a complementar, los oficios y requerimientos que el SERNAPESCA y la DIRECTEMAR han requerido al titular, en materia de escape de salmones, y monitoreo ambiental.

Las medidas detalladas tienen un plazo de 30 días corridos, contados desde la notificación de la presente resolución.

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